
SOLIDARIDAD
“FAPUN” cuenta con un Fondo de Solidaridad que tiene como fin satisfacer las necesidades de previsión y solidaridad de sus asociados y su núcleo familiar.
- Auxilio funerario por fallecimiento del asociado: Auxilio que se otorga por el fallecimiento del asociado, el cual está determinado por las condiciones de la compañía de servicios funerarios que tenga contratado FAPUN.
- Auxilio funerario para aquellos asociados que voluntariamente lo adquieran: En esta póliza cada asociado podrá inscribir hasta cinco (5) beneficiarios, de los cuales dos (2) pueden ser mayores de setenta (70) años. Cada año el asociado cancelará el 50% del total del seguro funerario y el 50% restante lo cancela “FAPUN”, este pago se realiza en el mes de mayo de cada año, cuando se renueva la póliza.
- Auxilio por Calamidad Doméstica: Cubre al asociado y a su núcleo familiar básico, por eventos que afecten en forma grave sus ingresos y nivel mínimo de bienestar familiar, siempre y cuando éstos no estén en capacidad de asumir dichas situaciones y no posean seguros u otras protecciones que los amparen:
- Pérdida de bienes por fenómenos naturales como inundaciones, vendavales, ciclones, terremotos, maremotos, etc.
- Por problemas de orden público como motín, rebelión y asonada.
- Por ocurrencia de hechos súbitos e imprevistos, no provocados voluntariamente que afecten la vida normal o saludo del asociado y su núcleo familiar básico.
- Auxilia mutual en caso de fallecimiento de un asociado no asegurable: En caso de fallecimiento de un asociado no asegurable (Seguro de Vida Deudores, que tenga deudas con el Fondo), el auxilio mutual cubrirá hasta un máximo de cincuenta (50) salarios mínimos legales vigentes por asociado. Lo adeudado será cancelado de la siguiente manera:
- Seguro de aportes.
- Aportes asociado.
- Si hay faltantes se cubrirá con el Fondo Mutual hasta un máximo de 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- Si aún queda saldo pendiente deberá ser cubierto por sus codeudores y/o herederos.
- Auxilio por fallecimiento de los padres: En caso de fallecimiento de los padres del asociado, “FAPUN” otorgará un auxilio de un (1) salario mínimo mensual legal vigente. Para solicitar el auxilio por fallecimiento de los padres, el asociado debe presentar:
- Carta de solicitud del asociado.
- Certificado de defunción.
- Auxilio por incapacidad médica: Cuando un asociado de “FAPUN” presente incapacidad mayor a dos (2) días, el Fondo reconocerá un auxilio de incapacidad hasta por la suma de tres (3) salarios mínimos mensuales legales vigentes, teniendo en cuenta los siguientes puntos:
- “FAPUN”, solo reconocerá el auxilio por incapacidad, cuando el asociado no haya sido beneficiado por la misma causa por alguna entidad aseguradora o por cualquier otra entidad solidaria.
- En caso de recibir algún beneficio de cualquier entidad diferente a “FAPUN” y este no cubra la totalidad de la incapacidad, “FAPUN” podrá completar el auxilio hasta cubrir el faltante y teniendo en cuenta el tope máximo aprobado para este tipo de eventos.